Aprueban en fast track la ley para cancelar suscripciones
19 Sep 2025

Aprueban en fast track la ley para cancelar suscripciones
Monreal alega estar en buró de crédito

Tras saltarse varios procesos legislativos y a unas horas de que la iniciativa fuera presentada, diputados aprobaron la reforma para regular contrataciones electrónicas, presentada este día por el presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) de la Cámara de Diputados, Ricardo Monreal.

Con 438 votos a favor, la Cámara Baja aprobó la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona las fracciones VIII y IX del artículo 76 bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de cancelación de suscripciones y membresías con cobro concurrente.

Ricardo Monreal expuso que, por no poder cancelar un servicio que adquirió, se encuentra en buró de crédito, ya que si alguien quiere cancelar una de esas suscripciones es imposible, ya sea un servicio de forma telefónica, de entretenimiento, de música o de videojuegos: “¡es un calvario!”

“Resulta que rentaba un departamento. Luego solicité que se cancelara mi suscripción en un canal de entretenimiento. Me pidieron que fuera personalmente a hacerlo, porque no aceptan cartas poder. Fui, me formé y me citaron a la siguiente semana. Y fui a la siguiente semana y tampoco se pudo cancelar. Y me siguieron cobrando en la tarjeta. Cancelé la tarjeta, sólo para no pagar algo indebido. Y me mandaron a buró de crédito. Estoy en buró de crédito, debo confesarlo con humildad”, detalló.

La iniciativa fue puesta a consulta por la presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados para que fuera de urgente resolución y dispensarse los trámites. La reforma fue aprobada y pasará al Senado para su discusión.

La reforma establece que el proveedor deberá informar de forma clara, destacada y accesible si el servicio contratado implica pagos automáticos recurrentes, su periodicidad, monto y fecha de cobro.

Además de que cualquier cobro recurrente requerirá consentimiento expreso e informado al consumidor. Se deberá notificar al menos con cinco días naturales de anticipación la renovación automática del servicio, permitiendo su cancelación sin penalización.

Así cómo que el proveedor deberá implementar un mecanismo que, sin contravenir a las disposiciones contractuales, permita a la persona consumidora cancelar el servicio, suscripción o membresía de manera inmediata.

| PROCESO


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