El ministro Pardo Rebolledo declaró infundados los argumentos de Banco Azteca.
Jorge Mario Pardo Rebolledo, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), propondrá a la Primera Sala negar el amparo y la protección de la justicia a Banco Azteca contra diversas disposiciones emitidas por el Banco de México (Banxico) para regular el sistema de pagos interbancarios.
Tras estimar que Banxico se extralimitó en sus funciones y con ello se vulnera el artículo 28 constitucional, la institución bancaria, propiedad del empresario Ricardo Salinas Pliego, se amparó ante el Juzgado Décimo Segundo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México contra los artículos 17 Bis, Primero y Tercero Transitorios, y el anexo 28 de la Circular 12/2019 dirigida a instituciones de crédito, así como a las sociedades financieras de objeto múltiple, relativa a las modificaciones a la circular 3/2012, en las que se instrumentan las transferencias electrónicas por cobro digital (CoDi).
En primera instancia, dicho juzgado sobreseyó en el juicio y negó el amparo a Banco Azteca, que ante el fallo interpuso un recurso de revisión, mismo que fue remitido a la Suprema Corte por el Tribunal Colegiado del conocimiento, ante la existencia de un tema de constitucionalidad.
En su proyecto, Pardo Rebolledo declara infundados los argumentos de Banco Azteca y determina que el Banco de México, al tratarse de un órgano autónomo, cuenta con la facultad constitucional de emitir disposiciones administrativas de carácter general exclusivamente para el cumplimiento de su función regulatoria en el sector de su competencia, esto es, los cambios, la intermediación y los servicios financieros.
“Asimismo, cuenta con facultades para expedir disposiciones que tengan por propósito el buen funcionamiento del sistema de pagos, o bien, la protección de los intereses del público”, señala Pardo Rebolledo en el proyecto.
Indica que para promover sus objetivos el Banco de México consideró pertinente, mediante dicha normativa, realizar modificaciones a la Circular 3/2012 (instrumentación de transferencias CoDi) con el propósito de propiciar el buen funcionamiento de los sistemas de pagos, así como de promover el sano desarrollo del sistema financiero y proteger los intereses del público.
El ministro explica que la plataforma CoDi, conforme a lo establecido por el Banco de México, permite a los clientes de los bancos y comercios participantes en dicho sistema realizar pagos electrónicos mediante un esquema en que el pago es solicitado por quien sería el receptor de los fondos, desde un dispositivo móvil o desde internet, y el emisor del pago lo autoriza desde su propio dispositivo.
“Lo que busca es que la plataforma CoDi proporcione un medio de pago seguro y eficiente a los pequeños comercios, a los comercios electrónicos, a los proveedores de servicios y al público en general para realizar cobros con las ventajas de seguridad y eficiencia de las transferencias electrónicas. De ahí que las modificaciones realizadas persiguen el fin de que las instituciones de crédito puedan llevar a cabo las operaciones”, expone.
El Universal